Ahorro previsional voluntario se comienza a fomentar en el
año 2008 con la reforma previsional a través de la introducción de la nueva ley
20.255, que perfecciona los tres pilares que conforman el sistema de pensiones
en chile, el solidario, el obligatorio y el voluntario.
Se creó un mecanismo de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo, mediante el cual los ahorros realizados por los
trabajadores son complementados por sus respectivos empleadores, mediante
acuerdos entre cada empresa y sus trabajadores.
Se mantiene el actual beneficio tributario al APV, pero además se creó un nuevo incentivo al Ahorro Previsional Voluntario dirigido a la clase media. Con este beneficio se
permitirá que quienes no se favorezcan en el respectivo año del beneficio
tributario del APV y destinen todo o parte del saldo de cotizaciones
voluntarias o depósitos de ahorro previsional voluntario o de ahorro
previsional voluntario colectivo (APVC), a adelantar o incrementar su pensión,
tengan derecho, al momento de pensionarse, a percibir una bonificación
equivalente al 15% del monto ahorrado por el trabajador. La bonificación será
depositada anualmente en una cuenta individual especial y exclusiva para tal
efecto y tendrá un tope anual de 6 UTM.”
El máximo APV mensual
es 50 UF, por lo tanto el límite anual es de 600 UF. Pueden administrar el APV
los bancos e instituciones financieras, las administradoras de fondos mutuos,
las compañías de seguros de vida, las administradoras de fondos de inversión,
las administradoras de fondos para la vivienda, otras instituciones que
autorice la Superintendencia de Valores y Seguros y las AFP.
La idea de incentivar el ahorro de particulares a través del
APV es incrementar la inversión y así de alguna manera aumentar el crecimiento
de chile.
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Fuente: http://www.safp.cl/573/propertyvalue-1689.html#h2_7
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Fuente: http://www.safp.cl/573/propertyvalue-1689.html#h2_7